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LAS MOTOS SERÁN LA EXCEPCIÓN A LA PROHIBICIÓN DE MOTORES DE COMBUSTIÓN EN 2035
La aprobación del paquete 'fit for 55', que prohíbe la venta de vehículos de combustión a partir del 1 de enero de 2035 en la UE, no afecta a las motos y los vehículos ligeros (categoría L de homologación europea).
El Parlamento Europeo ha ratificado este mes la normativa que prohíbe la venta en los países miembros de todos los turismos y furgonetas que no sean cero emisiones a partir del 1 de enero de 2035. Pero la moto y el vehículo ligero (categoría L) son una excepción.
Esto significa que, desde esa fecha, sí que se podrán seguir comercializando motocicletas, ciclomotores, triciclos, cuatriciclos –quads, microcoches- con motores de combustión, ya que Europa entiende que la contribución de este sector a las emisiones contaminantes totales del tráfico rodado no es relevante, por lo que no es necesario incluirlo en las nuevas restricciones.